Hola a
todos, y perdón por no haber publicado en las últimas semanas.
El próximo lunes 24 de octubre a las 19:00 horas convocaos Asamblea de la Asociación, con el siguiente ORDEN DEL DÍA:
2. Informe de las actuaciones desarrolladas durante el ejercicio.
3. Informe de la situación económica de la Asociación y rendición de cuentas.
4. Modificación del Artículo nº 17 de los Estatutos de A.M.P.A.
5. Apertura de proceso de elecciones para renovación de Junta Directiva de A.M.P.A.
6. Ruegos y Preguntas.
Una breve
explicación del porqué y el detalle del cambio propuesto en los estatutos:
Este año
toca renovar la Junta Directiva del AMPA, convocando elecciones a la misma.
Hasta ahora, nuestros estatutos establecen que las candidaturas son personales,
es decir, cada uno de los interesados se presenta personalmente a la elección. Entre
todos los candidatos se vota y los cuatro más votados forman la junta. Entre
ellos votan al presidente y los otros tres ocupan los puestos de
vicepresidente, tesorero y secretario.
Creemos que esta forma de elección no es la mejor porque puede dar lugar a una Junta Directiva entre cuyos miembros no haya entendimiento ni proyectos en común, dificultando mucho su actuación. Entendemos que es preferible la elección de un proyecto integrado por un equipo, independientemente de que una vez constituida la Junta TODOS LOS ASOCIADOS tengan cabida en el equipo directivo.
Para ello
hacemos esta propuesta de cambio de estatutos, adoptando la fórmula presente en
los de otras asociaciones de otros colegios de la Fundación Spínola. Los textos
en cuestión son los siguientes:
Artículo 17
La Asamblea
General elegirá a la Junta Directiva mediante sistema de lista con carácter
unipersonal, sin expresión de cargo, por el periodo de cuatro años renovables
en su cincuenta por ciento a los dos años. En la primera reunión de la nueva
Junta, se elegirá de entre los miembros de la Junta el cargo de Presidente
mediante votación secreta, quien a su vez elegirá los cargos de Vicepresidente,
secretario y Tesorero.
MODIFICACIÓN PROPUESTA
La elección y nombramiento de los órganos
unipersonales.
La elección y nombramiento se realizará de la
siguiente manera:
1. El Presidente, el Vicepresidente, el
Secretario y el Tesorero, se presentarán formando una candidatura unificada y
serán elegidos por la Asamblea General para un período de cuatro años.
2. Cualquier miembro o asociado podrá
ser candidato a Presidente de la Asociación, siempre que sea mayor de edad y
que tenga una antigüedad de al menos un año en la Asociación. En todo caso,
para ser candidato a Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero o Vocal,
deberá de ser padre, madre o tutor legal de alumno y estar al corriente de pago
de la última cuota de la Asociación y de las anteriores.
a) Las listas de las candidaturas se
presentarán mediante escrito a la Junta Directiva, para su traslado a la
Asamblea General, con una antelación de al menos diez días naturales a la fecha
de celebración de elección de cargos por dicha Asamblea.
b) Si, habiendo una única candidatura,
ésta no alcanzara la mayoría absoluta de los votos, se celebrará una segunda
votación en la que será necesario alcanzar la mayoría simple. En caso de no
obtener la mayoría simple, quedará automáticamente abierto un nuevo proceso electoral y se convocaría, en
el mismo acto, Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de un mes.
c) Si, habiendo más de una candidatura,
ninguna obtuviera la mayoría absoluta en la
primera votación, se
realizaría una segunda
votación entre las
dos candidaturas más votadas,
resultando elegida la
que obtenga el
mayor respaldo de los asociados con derecho a voto presentes. En caso de
haber un empate entre
las candidaturas más
votadas, se realizará
una nueva votación entre las dos
más votadas. En el caso de repetirse el empate, se convocaría en el mismo acto,
una nueva votación en el plazo máximo de un mes.
d) Si convocadas elecciones no se
llegara a presentar candidatura alguna, la Junta Directiva saliente, podrá
nombrar con carácter transitorio una comisión gestora formada al menos por tres
socios, que asumirán las funciones de dicha Junta saliente y que deberá
promover de nuevo el proceso electoral, en períodos consecutivos de 15 días y
hasta cuatro convocatorias. Si a resulta de tales convocatorias no se lograra
culminar el proceso electoral, la referida Comisión Gestora propondrá la
disolución de la Asociación y liquidación de la misma en los términos
establecidos en el Capítulo IX de estos Estatutos.
e) Si antes de la finalización del
período para el que fueron elegidos, alguno o varios de los integrantes de la candidatura elegida
causara baja como socio, renunciara a su cargo por voluntad propia o fuera
revocado por la Asamblea General, sería sustituido, en el caso del Presidente, por el Vicepresidente; y
en el caso del resto de los órganos
unipersonales electos, por un vocal propuesto al efecto por el
Presidente y aprobado por la Junta Directiva, con carácter de interinidad hasta
la próxima Asamblea General. En el caso de que los miembros que causaran baja
fueran el Presidente y el Vicepresidente, el Secretario asumiría la Presidencia
en funciones, para asuntos de trámite y con la obligación de convocar
elecciones en el plazo máximo de 15 días.
3. Los vocales serán nombrados por la
Junta Directiva, dando cuenta de dicho nombramiento a la Asamblea
General en la
siguiente e inmediata
sesión que ésta
hubiera de celebrar; a tal
efecto:
·
Todos los
asociados podrán ser elegidos vocales.
·
Los vocales
cesarán por renuncia,
por cese o
por sanción, en
estos dos últimos supuestos,
previa audiencia
de los interesados, dada
por la Junta Directiva.
Esperamos poder contar con todos vosotros en la asamblea
para poder tratar este y otros asuntos, además de recoger vuestras aportaciones.
La Junta Directiva.